Ante la proximidad de las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias del domingo 16 de noviembre, surge una pregunta clave para muchos ciudadanos: la posibilidad de sufragar con la cédula de identidad vencida. Esta interrogante cobra especial relevancia al tratarse de un proceso electoral con voto obligatorio para todas las personas habilitadas.
Claridad ante las dudas: Votar con carnet vencido
El Gobierno, a través del portal Chile Vota Informado, ha confirmado que es posible votar con el carnet o pasaporte caducado, siempre y cuando se cumpla una condición fundamental. La normativa, establecida en la Ley Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios (LOCVPE), permite que los documentos de identificación sean válidos para sufragar hasta 12 meses después de su fecha de vencimiento.
En concreto, para esta elección, serán válidos los documentos que hayan expirado a partir del 16 de noviembre de 2024. Esta medida busca facilitar el derecho a voto y asegurar una amplia participación ciudadana.
Documentos Aceptados para Sufragar
Para evitar confusiones el día de la elección, es crucial conocer qué documentos son válidos y cuáles no serán aceptados en las mesas de votación.
Documentos Válidos
Los únicos documentos que te permitirán ejercer tu derecho a voto son:
* ✅ Cédula de identidad vigente o vencida hasta 12 meses antes de la elección.
* ✅ Pasaporte vigente o vencido hasta 12 meses antes de la elección.
Documentos que No Serán Aceptados
Es importante destacar que ningún otro certificado o comprobante puede reemplazar los documentos oficiales. Los siguientes no son válidos para votar:
* ❌ Fotocopias de la cédula de identidad o pasaporte.
* ❌ Comprobantes de trámite o renovación del carnet.
* ❌ Denuncias policiales por extravío de documentos.
Recomendaciones para el Día de la Votación
Además de llevar tu documento de identidad, se sugiere a los electores portar un lápiz pasta azul para marcar sus preferencias. 🖊️ En caso de no tener uno, es posible solicitarlo directamente en la mesa de votación asignada.
Consecuencias de No Votar: Multas por Incumplimiento
Es fundamental recordar que la participación en estas elecciones es de carácter obligatorio para todos los ciudadanos habilitados. ⚠️ Quienes no cumplan con este deber cívico se exponen a multas que varían entre 0,5 y 1,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que se traduce en un monto aproximado entre $34.000 y $104.000.