Regional

Tribunal ordena a la SMA reabrir el caso del humedal Contao

El Tercer Tribunal Ambiental anuló el archivo de las denuncias contra un centro de salmones en Hualaihué. No declaró daño: ordenó fundamentar.

Catalina Werner
Borde costero de Hualaihué Puerto con embarcaciones de pesca artesanal fondeadas frente a la caleta

El Tercer Tribunal Ambiental acogió parcialmente una reclamación de vecinos de Hualaihué y dejó sin efecto la decisión con que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) había archivado un conjunto de denuncias contra el Centro de Cultivo de Salmónidos Contao, de Salmones Austral S.A.

La sentencia se conoció el 11 de septiembre de 2026 y corresponde a la causa R-36-2025. El efecto práctico es acotado y conviene decirlo de entrada: el organismo fiscalizador deberá retrotraer el procedimiento, revisar los antecedentes y pronunciarse de forma expresa y fundada. No hay sanción ni clausura.

¿Qué denunciaron los vecinos?

La Agrupación Eco Voluntarios de Hualaihué sostuvo que el centro de cultivo genera efectos que la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto, otorgada en 2009, no previó. En concreto plantearon tres:

    • Arrastre de sedimentos hacia la desembocadura del río Contao.
    • Desplazamiento de alimento no consumido por los peces.
    • Arrastre de fecas propias de la actividad de cultivo.

El humedal que dicen afectado está a 200 metros de la zona productiva. Además pidieron a la SMA una Medida Urgente y Transitoria (MUT), el mecanismo que permite congelar una actividad o aplicar acciones inmediatas cuando un ecosistema está en riesgo.

La SMA archivó las denuncias el 15 de julio de 2025. Contra esa resolución fue la reclamación.

¿Qué resolvió exactamente el tribunal?

Dos cosas, ambas sobre la conducta de la autoridad y no sobre la empresa:

    • Que la SMA no fundó suficientemente el archivo respecto de los eventuales impactos no previstos sobre el humedal. El tribunal estimó que los antecedentes técnicos del expediente le daban plausibilidad a esa hipótesis, y que por lo mismo la autoridad debía explicar por qué los descartaba o por qué no correspondían nuevas fiscalizaciones.
    • Que la SMA omitió pronunciarse sobre la medida urgente y transitoria que se le había solicitado formalmente.

¿Significa que se comprobó daño al humedal?

No. Es la distinción que más se presta a confusión y el propio fallo la marca: el tribunal no ordenó dictar una MUT ni instruyó abrir un procedimiento sancionatorio contra Salmones Austral. Resolvió que ambas decisiones le corresponden a la SMA y que debe tomarlas de manera fundada, cosa que hasta ahora no hizo.

Dicho de otro modo: lo que quedó anulado es el cómo se cerró el caso, no la conclusión de fondo, que sigue abierta.

¿Por qué importa en Los Lagos?

Porque fija un estándar de exigencia sobre el trabajo del fiscalizador en una región donde la salmonicultura es el principal empleador privado y donde los conflictos por el uso del borde costero están lejos de resolverse. En julio, el Consejo Regional acordó constituir una mesa para sacar las concesiones salmoneras del lago Llanquihue, y a comienzos de año Salmones Austral firmó junto a AquaChile y Colbún una alianza de infraestructura con Cochamó.

La SMA también está en el centro de otros casos locales: en Entre Lagos se denunciaron aguas servidas que llegan al lago Puyehue.

FrutillarHoy consultó a la Superintendencia del Medio Ambiente por el plazo en que retomará el procedimiento y por si la medida urgente solicitada será resuelta en esa misma instancia. Si responde, actualizaremos esta nota.

La comuna de Hualaihué, por su parte, ha aparecido este año en nuestra cobertura por razones bien distintas: un cortometraje rodado en caleta El Manzano llegó al festival Ojo de Pescado.

Fuente: sentencia de la causa R-36-2025 del Tercer Tribunal Ambiental, 11 de septiembre de 2026.

Imagen de archivo: Hualaihué Puerto, comuna de Hualaihué. Fotografía de Jackripper11, Wikimedia Commons, licencia CC BY-SA 4.0. No corresponde al humedal del río Contao.