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¿Está en el Fondo E? Qué revisar tras su caída de 10%

El Fondo E acumula una pérdida real de 10,39% en 2026. Qué la explica, cómo leer su cartola, cuándo conviene un cambio y qué viene en abril de 2027.

Catalina Werner
Torres del sector financiero de Santiago bajo un cielo nublado, donde tienen sus oficinas centrales las administradoras de fondos de pensiones

Si sus ahorros previsionales están en el Fondo E, el más conservador de las AFP, su cartola de septiembre probablemente trae una sorpresa: según la Superintendencia de Pensiones, ese fondo perdió un 4,92% real solo en septiembre y acumula una caída de 10,39% entre enero y septiembre de 2026.

Es el peor resultado de los cinco fondos este año, y le pega justo a quienes suelen estar ahí: personas que están cerca de jubilarse o que eligieron el fondo para no arriesgar.

¿Cómo les fue a los cinco fondos?

Las cifras oficiales de la Superintendencia, en rentabilidad real (descontada la inflación), son estas:

    • Fondo A: -0,65% en septiembre y +8,61% en el año.
    • Fondo B: -1,23% en septiembre y +5,26% en el año.
    • Fondo C: -3,10% en septiembre y -1,50% en el año.
    • Fondo D: -4,19% en septiembre y -6,38% en el año.
    • Fondo E: -4,92% en septiembre y -10,39% en el año.

¿Por qué cayó justo el fondo más seguro?

Porque el Fondo E invierte sobre todo en bonos y renta fija, y este año las tasas de interés subieron en Chile y en el mundo. Cuando las tasas suben, los bonos que ya se tenían pierden valor. La Superintendencia explica que eso castigó más a los fondos D y E, «que más invierten en ese mercado», mientras las bolsas internacionales favorecieron a los fondos A y B.

A eso se sumaron los derivados de tasas de Estados Unidos (contratos llamados swaps) con los que las AFP apostaban a una baja de tasas. Según cifras del regulador citadas por Bloomberg, esas posiciones pasaron de una ganancia de unos US$ 1.400 millones hace un año a una pérdida de valorización de US$ 7.700 millones a septiembre.

La Superintendencia ya había puesto límites a esos instrumentos en abril (Resolución Exenta N° 549 y Norma de Carácter General N° 362): la pérdida estimada en derivados bajo estrés no podrá superar el 2% del Fondo E. Las AFP tienen 210 días corridos desde el 9 de abril para ajustarse, un plazo que vence a comienzos de noviembre.

¿Conviene cambiarse de fondo ahora?

Eso depende de su edad, de cuándo piensa jubilarse y de cuánto riesgo puede tolerar, y no hay una respuesta que sirva para todos. Pero hay un dato que conviene tener claro antes de decidir: cambiarse después de la caída no recupera lo perdido. El saldo pasa al nuevo fondo con el valor ya rebajado, y la pérdida, que hasta ahora es de valorización, queda realizada.

Revisamos la normativa de la Superintendencia sobre cambios de fondo. Lo que dice:

    • La AFP hace el cambio el cuarto día hábil después de la solicitud. Una solicitud hecha por internet un sábado, domingo o festivo cuenta desde el día hábil siguiente.
    • Se puede anular la solicitud, pero solo el mismo día en que se hizo.
    • Los dos primeros cambios del año son gratis. Desde el tercero, la AFP cobra una comisión fija por cada traspaso.
    • Los hombres desde los 56 años y las mujeres desde los 51 no pueden tener sus cotizaciones obligatorias en el Fondo A, salvo el excedente sobre lo necesario para su pensión.

El trámite se hace en el sitio web o la aplicación de cada AFP, o en una de sus agencias. Si está por pensionarse, antes de decidir conviene revisar las opciones de retiro; en nuestra nota sobre la jubilación anticipada explicamos los requisitos.

¿Qué cambia en 2027?

Los fondos A, B, C, D y E tienen fecha de término. Por la Ley N° 21.735 de reforma de pensiones, desde el 1 de abril de 2027 serán reemplazados por fondos generacionales, que agrupan a los afiliados por edad y les asignan una cartera según los años que les quedan para jubilar. La Superintendencia ya publicó el régimen de inversión de ese nuevo sistema.

Fuente: Superintendencia de Pensiones (informe de rentabilidad de septiembre de 2026, Resolución Exenta N° 549, NCG N° 362 y Compendio de Normas, capítulo de cambio y asignación de fondos), Bloomberg y Ley N° 21.735. Foto: Rjcastillo, Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0).