Regional

Contraloría objeta el uso de la imagen del alcalde

El oficio dice que la cantidad y frecuencia de publicaciones con Bertín no se ajusta a la jurisprudencia. El municipio deberá adoptar medidas.

Catalina Werner
Sesión del Concejo Municipal de Osorno, con los concejales y el alcalde en la mesa de la sala de sesiones. Imagen de archivo

La Contraloría Regional de Los Lagos determinó que el uso del nombre y la imagen del alcalde de Osorno, Jaime Bertín, en las comunicaciones institucionales del municipio no se ajusta a la jurisprudencia administrativa, y que la Municipalidad deberá adoptar medidas para corregirlo.

La resolución consta en el oficio N° OF178235/2026, emitido el 16 de septiembre. Llegó a partir de antecedentes presentados por el concejal Miguel Arredondo Orellana, después de que una presentación anterior fuera desestimada por el oficio N° OF136789, de este mismo año, por insuficiencia de antecedentes.

¿Qué revisó exactamente Contraloría?

El perfil institucional de la Municipalidad de Osorno en Instagram, además de la documentación aportada por el concejal.

Su conclusión es que las cuentas municipales difunden de forma reiterada publicaciones que incorporan el nombre y la imagen del alcalde, asociándolos a reuniones con organizaciones de la comunidad, visitas inspectivas, inauguraciones y actividades deportivas. En varias de ellas, según el oficio, "el relato institucional se estructura en torno a la actuación personal del jefe comunal", pese a que las acciones informadas las ejecuta la municipalidad como organismo.

¿Está prohibido que aparezca el alcalde?

No, y el propio oficio lo aclara. Contraloría precisó que la sola aparición de una autoridad en una comunicación institucional no es improcedente cuando está necesariamente vinculada con la actividad que se informa.

Lo que objeta es otra cosa: que eso se vuelva una práctica reiterada asociada a la difusión de la gestión municipal. En sus palabras:

"Atendida la cantidad, frecuencia y forma de las publicaciones acompañadas, se advierte un uso reiterado del nombre e imagen del alcalde asociado a la difusión de actividades municipales, circunstancia que no se ajusta al criterio jurisprudencial antes expuesto".

El razonamiento de fondo es que es la municipalidad como institución, y no las autoridades consideradas individualmente, la que presta los servicios y ejecuta las acciones. Y que las cuentas institucionales en redes sociales son bienes del organismo público, que deben usarse para fines institucionales o para informar hechos de interés general.

¿Qué tiene que hacer ahora el municipio?

El oficio establece que la Municipalidad de Osorno debe "adoptar las medidas necesarias" para que en adelante sus comunicaciones institucionales se orienten a informar sobre la gestión del municipio como organismo, y observar estrictamente la normativa y jurisprudencia aplicable a la publicidad y difusión.

Consultamos a la Municipalidad de Osorno por las medidas que adoptará, si hay un plazo comprometido con el organismo y cuál es su postura sobre el criterio del oficio. Publicaremos su respuesta íntegra cuando llegue.

Es el segundo reparo en pocos días sobre el gasto y la gestión comunicacional del municipio: la semana pasada informamos que una concejala pidió revisar la licitación de 146 medallas de oro por 77 millones de pesos para premiar a funcionarios.

Imagen de archivo de una sesión del Concejo Municipal de Osorno.

Fuente: Contraloría Regional de Los Lagos.