Bono Invierno 2026: Monto, pago y requisitos clave
El Bono Invierno 2026 entregará $81.257 automáticamente a adultos mayores junto a su pensión en mayo. Revisa fechas y quiénes son los beneficiarios.
Las autoridades chilenas han confirmado la entrega del Bono de Invierno 2026, un apoyo económico fundamental para los adultos mayores del país. Este beneficio estatal, que busca aliviar los gastos asociados a la temporada invernal, asciende a un monto oficial de $81.257 y será pagado de forma automática a quienes cumplan con los requisitos establecidos.
Detalles Clave del Bono Invierno 2026
El Bono de Invierno 2026 se caracteriza por ser un aporte único y anual. El monto fijado de $81.257 es idéntico al entregado en el año 2025 y fue confirmado oficialmente durante marzo de 2026. Es importante destacar que este beneficio no es tributable ni imponible, y tampoco está sujeto a descuentos, entregándose íntegramente a sus destinatarios.
Fecha y Modalidad de Pago
El pago del Bono de Invierno 2026 se realizará durante el mes de mayo de 2026, entre el día 1 y el 30, junto con la pensión habitual de los beneficiarios. La entrega se efectúa de manera automática, ya sea mediante transferencia bancaria a la cuenta donde reciben su pensión o de forma presencial, según la modalidad de cobro que el pensionado tenga establecida con su respectiva entidad pagadora.
Quiénes son los Beneficiarios del Aporte Estatal
El Bono de Invierno 2026 está dirigido principalmente a pensionados y beneficiarios de ciertas prestaciones que cumplan con los criterios de edad y monto de pensión.
Requisitos Generales de Elegibilidad
Para optar al beneficio, las personas deben tener 65 años o más al 1 de mayo de 2026. Además, deben percibir una pensión igual o inferior al valor de la pensión mínima de vejez, que actualmente corresponde a $231.440,35, monto reajustable cada septiembre. Este tope aplica para pensiones contributivas.
Grupos Específicos que Reciben el Beneficio
El bono está destinado a diversos grupos de pensionados, incluyendo:
- Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), o de las mutualidades de empleadores, siempre que su pensión no supere el tope establecido.
- Pensionados de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no perciben otra pensión. Estos recibirán el Bono de Invierno, incluso si el monto de su PGU supera los $222.474,62, que es el valor de la pensión mínima.
- Personas beneficiarias de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura.
- Beneficiarios de pensión de viudez de pensionados de reparación fallecidos.
- Quienes reciben pensión no contributiva de exonerados políticos.
- Beneficiarios del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuya pensión sea inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez ($231.440,35).
Consideraciones Importantes y Exclusiones
Una característica fundamental del Bono Invierno es que no requiere postulación. Se otorga de forma automática a quienes cumplan con los requisitos. Es importante señalar que aquellos que superen los topes de pensión contributiva (sin incluir los montos de PGU, APSV o pensiones de reparación) no serán elegibles para recibir este beneficio. El objetivo de este aporte es proporcionar un respaldo económico adicional para afrontar los gastos típicos del invierno, como calefacción y alimentación, durante los meses de bajas temperaturas.