Educación

Derecho a retracto en educación superior: Cómo ejercerlo y plazos clave

Estudiantes de primer año de educación superior tienen hasta el 29 de enero para ejercer el derecho a retracto, permitiendo desistir de matrículas previas.

SJ
20 de enero de 2026
Derecho a retracto en educación superior: Cómo ejercerlo y plazos clave

A partir de este martes 20 y hasta el próximo jueves 29 de enero, los estudiantes que ingresan a primer año de la educación superior tienen la posibilidad de ejercer el derecho a retracto. Esta normativa les permite desistir de un contrato firmado previamente con una institución educativa, en caso de haber optado por otra después de conocer los resultados de postulación al Sistema de Acceso a la Educación Superior.

¿Qué es el derecho a retracto en la educación superior?

La Ley del Consumidor establece que los estudiantes que ingresan a primer año de una carrera de pregrado en una universidad, centro de formación técnica (CFT) o instituto profesional (IP), y que se hayan matriculado en una institución para luego querer cambiarse tras recibir los resultados de postulación, pueden ejercer este derecho. El plazo para hacerlo es de 10 días corridos, contados desde la primera publicación de los resultados de las postulaciones. Este derecho puede ser ejercido por los estudiantes matriculados para el año 2025 o por quien realizó el pago en su representación, sin importar el tiempo transcurrido antes de la publicación de los resultados del sistema de acceso.

Implicaciones para estudiantes e instituciones

Devoluciones y retenciones

La institución de educación superior tiene la obligación de devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año dentro de un plazo de 10 días corridos, a partir de la fecha en que el alumno ejerció su derecho a retracto. La casa de estudios solo podrá retener un monto que no supere el 1% del arancel anual de la carrera, correspondiente a costos de administración.

Restricciones durante el plazo de retracto

Mientras el plazo de retracto esté vigente, las instituciones de educación superior no pueden negociar los documentos que han recibido como respaldo del período educacional. Esto significa que la documentación no puede ser objeto de operaciones de factoring, ni ser endosada, dada en garantía, entregada en comisión de cobranza, ni cualquier otra operación similar.

Pasos para ejercer el derecho a retracto

Para hacer efectivo este derecho, se debe presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que se matriculó inicialmente. Además, se debe adjuntar una fotografía de la cédula de identidad vigente por ambos lados. Es recomendable acompañar la solicitud con una carta donde se manifieste el deseo de ejercer el derecho a retracto, dejando clara la fecha. El formato de esta carta está disponible en www.sernac.cl/retracto o en el sitio web www.sesuperior.cl. Es importante solicitar a la institución que timbre o firme una copia de la carta para dejar constancia de la fecha en que se realizó el trámite, lo cual es útil ante posibles problemas futuros.

¿Qué hacer si la institución no cumple?

Si transcurridos 10 días corridos desde el trámite no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la anulación del contrato, podría considerarse una infracción a la Ley del Consumidor. En estos casos, se puede realizar un reclamo a través del Portal del Consumidor con Clave SERNAC o ClaveÚnica, llamando gratuitamente al 800 400 900 (de lunes a viernes de 09:00 a 19:00 hrs.), acudiendo a las oficinas de atención de público en el país, o a través de la plataforma de reclamos y denuncias de la Superintendencia de Educación Superior.

Aumento de reclamos en el sector de educación superior

Durante el año 2025, el SERNAC y la Superintendencia de Educación Superior (SES) recibieron alrededor de 7 mil reclamos contra instituciones de educación superior, lo que representa un aumento de casi un 16% en comparación con los aproximadamente 6 mil casos registrados en 2024.

Motivos de reclamos generales

En el SERNAC, las principales quejas se relacionaron con problemas en las formalidades del contrato (38%), como cambios de mallas curriculares, fallas en plataformas o demoras en la entrega de títulos. En segundo lugar, se reportaron dificultades para terminar el contrato (17%), y en tercer lugar, cobros superiores a los informados (9,4%). Por su parte, la SES recibió reclamos principalmente por progresiones académicas (43%), es decir, materias que interfieren con el avance de los estudiantes, además de temáticas financieras (38%) y antecedentes académicos (6%).

Reclamos específicos por derecho a retracto

En cuanto al derecho a retracto, el SERNAC y la SES recibieron en conjunto 298 reclamos el año pasado, frente a los 240 casos de 2024, lo que implica un aumento del 24%. Los motivos principales de estas quejas fueron la falta de gestión de la solicitud de retracto en el plazo establecido y la negativa de las entidades educacionales a devolver el dinero o los documentos. El SERNAC y la SES están trabajando de forma conjunta para fortalecer la coordinación en la recepción, canalización y resolución de consultas y reclamos estudiantiles.