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Ante la proximidad de las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias del próximo domingo 16 de noviembre, surgen dudas sobre el funcionamiento del comercio. Esta jornada, declarada feriado legal en todo el país, establece una serie de normativas que regulan la apertura y cierre de locales comerciales para garantizar el derecho a sufragio de todos los ciudadanos.

¿Qué comercios deben cerrar este domingo de elecciones?

La Ley 18.700, junto a otras normativas complementarias, estipula que ciertos establecimientos comerciales deben permanecer cerrados obligatoriamente. La medida se aplica a todos los locales que operan dentro de centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social, como malls y strip centers.

El cierre para estos recintos comenzará a regir desde las 21:00 horas del sábado 15 de noviembre y se extenderá hasta las 06:00 horas del lunes 17 de noviembre. Esto incluye:
* 🛍️ Malls y centros comerciales.
* 🛒 Supermercados y grandes tiendas que se encuentren dentro de estos complejos.
* 🏬 Cualquier otro local que forme parte de una administración común.

Locales que sí pueden funcionar

La normativa no afecta a todo el comercio por igual. Aquellos establecimientos que atienden al público de manera independiente y no están ubicados dentro de un mall o strip center podrán operar con normalidad. Entre ellos se encuentran:
* 🏪 Supermercados y tiendas no integradas a centros comerciales.
* 🍽️ Restaurantes y locales de comida independientes.
* 🏘️ Negocios de barrio y almacenes.
* 🍾 Botillerías y minimarkets fuera de complejos comerciales.

Es fundamental destacar que estos comercios deben asegurar que sus trabajadores puedan ejercer su derecho a voto sin inconvenientes.

Derechos laborales durante la jornada electoral

La legislación laboral protege el derecho a sufragio de los trabajadores. Los empleadores tienen la obligación de otorgar un permiso de al menos tres horas para que sus empleados puedan acudir a votar. Este tiempo no puede ser descontado de sus remuneraciones. Adicionalmente, quienes hayan sido designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral deben recibir los permisos necesarios para cumplir con su deber cívico.

Canales de denuncia y multas por incumplimiento

La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará el cumplimiento de la normativa y ha habilitado un canal para recibir denuncias durante la jornada electoral.
* 🗓️ Horario de denuncias: Domingo 16 de noviembre, entre las 09:00 y las 14:00 horas.
* 📞 Teléfono de contacto: 600 450 4000.

Las empresas que no cumplan con la ley se exponen a sanciones económicas que varían según su tamaño, con multas que van desde las 3 UTM ($208.626) hasta las 60 UTM ($4.172.520). Las principales materias fiscalizables serán el no otorgamiento del feriado obligatorio, la negativa a conceder permisos para sufragar y la obstaculización de las labores de quienes cumplan roles electorales.

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