El Bono por Hijo es un beneficio económico fundamental diseñado para mejorar las pensiones de las mujeres, ya sean madres biológicas o adoptivas, en Chile. Este aporte se calcula por cada hijo nacido vivo o adoptado, y su propósito es incrementar los fondos previsionales de las beneficiarias, entregándose una vez que cumplen los 65 años y se pensionan. Es importante destacar que el beneficio no se otorga al momento del nacimiento del hijo, sino en la etapa de jubilación.
Requisitos Clave para Acceder al Bono por Hijo
Para ser acreedora de este importante beneficio, las mujeres deben cumplir con una serie de condiciones específicas que aseguran la correcta asignación del Bono por Hijo.
- 👩🦳 Ser mujer, madre y tener 65 años o más.
- 🆔 Contar con cédula de identidad vigente. Si el trámite se realiza a través de un apoderado, es indispensable presentar un poder notarial.
- 🇨🇱 Haber residido en Chile por al menos 20 años (continuos o discontinuos) desde los 20 años de edad, y haber vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años antes de la solicitud del bono.
Además de estos requisitos generales, es crucial cumplir con alguna de las siguientes condiciones previsionales:
- 🏛️ Estar afiliada a una AFP y haber comenzado a recibir su pensión desde el 1 de julio de 2009.
- 💰 Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- 🔄 Si no está afiliada a un sistema previsional, debe recibir una Pensión de Sobrevivencia con Aporte Previsional Solidario de Vejez otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS, también desde el 1 de julio de 2009.
¿En qué Casos se Hereda el Bono por Hijo?
Una de las particularidades más relevantes del Bono por Hijo es su carácter de heredable, aunque bajo circunstancias específicas.
Bono por Hijo Heredable
El Bono por Hijo forma parte de la herencia de la beneficiaria únicamente si esta ya había cumplido los 65 años y, por ende, el beneficio ya se había integrado a su pensión. Es decir, una vez que el bono ha comenzado a incrementar la pensión de la mujer, pasa a ser parte de su patrimonio y, en consecuencia, es susceptible de ser heredado por sus causahabientes.
Bono por Hijo No Heredable
Existen situaciones en las que el Bono por Hijo no se considera parte de la herencia:
- 🚫 Si la mujer está afiliada a una AFP y aún no ha cumplido los 65 años, el bono no forma parte de su herencia, ya que aún no se ha activado como parte de su pensión.
- ❌ Si la beneficiaria comenzó a recibir el Bono por Hijo después de obtener la Pensión Garantizada Universal (PGU), el bono no será heredable. Esto se debe a que, en este escenario, el beneficio no se integra al patrimonio personal de la misma manera que lo hace en una cuenta de capitalización individual de AFP.
En resumen, comprender las condiciones para la entrega y la heredabilidad del Bono por Hijo es fundamental para las mujeres y sus familias en la Región de Los Lagos y en todo Chile, asegurando que se acceda a este derecho en el momento adecuado.