El soporte económico para las personas que ejercen labores de cuidado de individuos con discapacidad se ha vuelto una herramienta fundamental en Chile. Este beneficio, entregado a través del Instituto de Previsión Social (IPS), busca aliviar la carga financiera de quienes dedican su tiempo y esfuerzo a esta noble tarea. A continuación, te detallamos los requisitos y el monto de este importante apoyo.
Bono para Cuidadores: Un Respaldo Mensual Indispensable
El bono para personas cuidadoras es un programa de apoyo económico mensual dirigido a quienes asisten a individuos en situación de dependencia severa. Este aporte se deposita directamente en la cuenta bancaria del cuidador, asegurando una entrega eficiente y oportuna.
Monto del Beneficio y su Reajuste
Actualmente, el monto mensual de este beneficio asciende a $32.991. Es importante destacar que este valor se reajusta anualmente, ajustándose a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que garantiza que el apoyo mantenga su poder adquisitivo a lo largo del tiempo. 💲
Este dinero no está sujeto a impuestos ni constituye renta, lo que lo hace compatible con otros beneficios sociales que no tengan el mismo propósito. De esta manera, los cuidadores pueden acceder a múltiples apoyos sin que uno anule al otro.
¿Quiénes Son los Beneficiarios? Requisitos Clave
Para que un cuidador reciba este bono, la persona dependiente (conocida como causante) debe cumplir con una serie de requisitos establecidos por el Ministerio de Desarrollo Social. Es crucial entender que no es el cuidador quien postula directamente, sino que la solicitud se gestiona a través del equipo médico del centro de atención primaria de salud al que asiste la persona con discapacidad.
Los requisitos que debe cumplir la persona dependiente son:
- Inscripción en Programa de Atención Domiciliaria: 🏡 Debe estar inscrita en el Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa y Cuidadores del Ministerio de Salud. Esta inscripción se realiza en el establecimiento de atención primaria de salud correspondiente a su domicilio, ya sea un CESFAM, CECOF, posta rural u otro.
- Cuidador no Remunerado: Es indispensable contar con un cuidador o cuidadora que no reciba remuneración por los servicios de cuidado que presta.
- No Institucionalización: La persona dependiente no debe encontrarse internada en un establecimiento de larga estadía para adulto mayor ni en otra institución de larga estadía destinada a personas menores de edad.
Proceso de Solicitud: Rol del Equipo Médico
Como se mencionó, el o la cuidadora no debe realizar una postulación directa. Es el equipo médico del centro de atención primaria de salud (APS) al que asiste la persona con discapacidad quien se encarga de gestionar la solicitud para que el cuidador sea acreedor de este valioso aporte. Esto subraya la importancia de mantener una comunicación fluida con el equipo de salud y asegurar que la persona dependiente cumpla con los criterios de inscripción en el programa correspondiente.
Este bono representa un reconocimiento vital a la labor de quienes día a día brindan cuidado y apoyo a personas con discapacidad, contribuyendo a mejorar su calidad de vida y fomentando su inclusión en la sociedad.