Si el colegio manda la carta informativa de la vacunación escolar y el apoderado no responde, el niño se vacuna igual. Lo confirmó la Seremi de Salud respondiendo por escrito a las consultas que le hicimos.
La respuesta la entregó la oficina provincial de la Seremi, por encargo de su jefe, Miguel Ángel Bravo, y aclara varios puntos que se repiten cada año entre los apoderados de la comuna.
¿Hace falta el consentimiento del apoderado?
No. La respuesta es textual: «La vacunación escolar no requiere de consentimiento informado, no necesita autorización de los padres, madres o tutores, ya que es obligatoria».
Y sobre el silencio, que es la duda más común: «Si el apoderado no responde a la carta informativa que envía el establecimiento del proceso de vacunación escolar, se da por hecho que se debe vacunar».
¿Se puede preguntar qué vacuna es?
Sí, y la autoridad lo dice sin rodeos: «El apoderado puede solicitar información de la vacuna, laboratorio, si es que eso le da seguridad». Es un derecho que se ejerce antes de que se administre la dosis, y no requiere trámite.
¿Qué pasa si un apoderado se niega?
La Seremi enmarca la negativa en tres cuerpos legales: el Código Sanitario, los derechos de niños y niñas, y la Ley 21.430 de garantías y protección integral de la niñez.
Su conclusión es la parte más dura de la respuesta: la no vacunación «es considerada una vulneración de los derechos y puede ser denunciado a través de un recurso de protección ante los juzgados de familia».
¿Puede el colegio advertir consecuencias?
Acá conviene leer con cuidado, porque la respuesta no es exactamente a lo que preguntamos. Consultamos si un establecimiento está facultado para advertirle a un apoderado consecuencias sobre el cuidado personal de su hijo por rechazar una vacuna.
La Seremi respondió que el personal de salud del equipo de vacunación y el de educación «puede informar a los apoderados respecto del marco legal de la vacunación», porque el trabajo integrado «solo vela por la salud de los niños, niñas y adolescentes».
Es decir: la autoridad confirma la facultad de informar el marco legal, que no es lo mismo que advertir consecuencias sobre el cuidado personal. La pregunta específica quedó sin respuesta directa.
¿Esto ya lo habíamos preguntado?
En agosto, cuando la vacunación partió en los colegios, le hicimos las mismas preguntas a la Dirección de Salud Municipal de Puerto Varas, que respondió desde el nivel comunal y detalló el protocolo ante reacciones adversas.
Esta vez la respuesta viene de la autoridad sanitaria regional, que es la que fija el criterio para toda la provincia, y agrega los dos datos que faltaban: qué ocurre con el silencio del apoderado y por qué vía puede denunciarse una negativa.
Imagen de archivo de una jornada de vacunación escolar.
Fuente: Seremi de Salud Los Lagos.