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Regional

Vacunación escolar: qué pasa si un apoderado se niega

Por Catalina Werner • 18 de agosto de 2026

Cuando informamos que la vacunación escolar había partido en 26 colegios de Puerto Varas, los comentarios se llenaron de la misma pregunta hecha de distintas formas: qué pasa si un apoderado no quiere, si hay consentimiento informado, y qué ocurre si a un niño le hace mal.

En vez de responder de memoria, se lo preguntamos al municipio. Esta es la respuesta que entregó la Dirección de Salud Municipal, punto por punto.

Imagen de archivo de una jornada de vacunación escolar.

Qué dice la ley, textual

El municipio se apoya en el artículo 38 de la Ley 21.430, sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez. Fuimos a leerlo. Dice, literalmente:

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la inmunización contra las enfermedades prevenibles. El Estado debe asegurar programas gratuitos de vacunación obligatoria dirigidos a todos los niños, niñas y adolescentes. En estos programas, el Estado debe suministrar y aplicar las vacunas, mientras que los padres, madres o responsables legales de su cuidado deben garantizar que los niños, niñas y adolescentes sean vacunados oportunamente.

O sea que la ley reparte dos obligaciones: una del Estado, que es poner y aplicar las vacunas, y otra de los padres, que es garantizar que sus hijos las reciban a tiempo. No es una recomendación.

Ojo: la obligación no cubre cualquier vacuna

Una lectora nos hizo notar, con razón, que no todas las vacunas son obligatorias, y la nota no lo decía con suficiente claridad. Conviene precisarlo.

La obligatoriedad no alcanza a cualquier inmunización: alcanza a las que están incluidas en el Decreto Exento 50, de 2021, del Ministerio de Salud, que es el que dispone la vacunación obligatoria contra enfermedades inmunoprevenibles, y en sus modificaciones posteriores. La última es el Decreto Exento 5, de enero de 2026, que incorporó la vacuna contra el VPH en cuarto básico.

Dicho de otro modo: el deber de los padres que establece la ley opera sobre esa lista, no sobre toda vacuna que exista o que se ofrezca. Estamos pidiendo el detalle actualizado de qué vacunas incluye hoy para agregarlo acá.

Y si igual un apoderado se niega

Acá conviene separar lo que dice la norma de lo que hace el municipio, porque no es lo mismo.

La ley establece el deber. El procedimiento concreto lo describió la Dirección de Salud Municipal: la negativa sin razones médicas justificadas se considera una vulneración de derechos del niño, y el establecimiento de salud está mandatado a informar la situación a los organismos competentes. En Puerto Varas, a la Oficina Local de la Niñez, que después toma las acciones que correspondan.

Hay una excepción y es una sola: un certificado médico que indique una contraindicación específica a una vacuna puntual, señalando si es temporal o permanente.

Qué pasa si un niño tiene una reacción

Sí existe protocolo, y está normado en el capítulo V de los Lineamientos de Vacunación Escolar. Según el municipio, el manejo lo realiza el equipo de enfermería y TENS en coordinación con el equipo médico del SAR de Puerto Varas.

El dato que agregó la Dirección de Salud, y que conviene citar tal cual: en todos los años de implementación de esta vacunación en la comuna, nunca ha habido una reacción adversa de carácter serio que haya debido ser tratada.

Por qué esas vacunas y no otras

El municipio explicó que las vacunas del calendario obligatorio pasan por estudios internacionales de bioseguridad y por el filtro del Instituto de Salud Pública, que autoriza su uso, más una vigilancia permanente del Subdepartamento de Farmacovigilancia.

Quien quiera revisar la norma completa puede buscarla en el sitio de vacunas del Minsal: están públicos los Lineamientos de Vacunación Escolar 2025, el Decreto Exento 50 de 2021 que dispone la vacunación obligatoria, y el Decreto Exento 5 de enero de 2026 que lo modificó.

Si alguien tiene un reclamo

En la consulta le planteamos al municipio un reparo que había circulado sobre el trato de un funcionario a una apoderada. La respuesta fue que un comentario así no corresponde, y que si la denuncia es efectiva debe hacerse llegar por el canal formal, la OIRS municipal, donde queda registrada y con alguien a cargo. No publicamos el episodio porque no está verificado y porque involucra a personas identificables.

Con información de la Dirección de Salud de la Municipalidad de Puerto Varas.

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