El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) ha dictaminado la exclusión definitiva de Daniel Jadue del padrón electoral. Esta trascendental decisión, emitida el 12 de septiembre de 2025, le impide postularse como candidato a diputado por el distrito 9 en las próximas elecciones parlamentarias, fundamentándose en la acusación formal por delitos graves en su contra y la aplicación directa del Artículo 16 de la Constitución Política de la República de Chile.
La Decisión del Tricel: Cargos, Penas Aflictivas y el Fundamento Constitucional
La determinación del Tricel acoge la apelación presentada por el abogado Marcelo Brunet, en representación de Renovación Nacional (RN). El fallo se basa en que Daniel Jadue se encuentra formalmente acusado desde el 7 de agosto de 2025 por delitos específicos que incluyen fraude al fisco, estafa y delitos concursales, todos ellos relacionados con el caso Farmacias Populares.
Estos cargos son de la naturaleza de aquellos que conllevan penas aflictivas, una clasificación legal crucial que activa directamente el Artículo 16, número 2 de la Constitución chilena. Dicho artículo establece con claridad que: «El derecho de sufragio se suspende: (…) 2º.- Por hallarse acusado por delito que merezca pena aflictiva.» Esta disposición constitucional suspende el derecho a sufragio y, por consiguiente, la capacidad de ser candidato, para quienes se encuentran bajo una acusación formal por este tipo de ilícitos. La decisión del Tricel, por tanto, se apega estrictamente a este mandato legal.
⚖️ Puntos clave de la inhabilitación de Jadue:
* 🚨 Cargos Específicos: Fraude al fisco, estafa y delitos concursales.
* 🗓️ Acusación Formal: Desde el 7 de agosto de 2025, Jadue posee calidad de acusado.
* 📜 Fundamento Legal Directo: Artículo 16, número 2 de la Constitución de Chile.
* ⚖️ Implicación Clave: Los cargos merecen pena aflictiva, lo que suspende automáticamente sus derechos políticos.
Revocación de un Fallo Anterior y Votación Dividida
La decisión del Tricel no fue unánime, sino que se tomó con una votación dividida de tres votos a favor y dos en contra. Esta mayoría revocó una resolución previa del Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, que en una instancia anterior había permitido a Jadue continuar en la carrera a diputado. Los ministros que votaron a favor de la exclusión son de sensibilidad política de derecha, lo que generó diversas reacciones en el ambiente político.
Reacciones del Espectro Político: Entre la Justicia y la Crítica
La noticia generó una ola de comentarios en el mundo político. Por un lado, partidos de derecha y de oposición valoraron el fallo, interpretándolo como un «restablecimiento del imperio de la ley y la justicia». Subrayaron la importancia de que personas acusadas de delitos graves no deban ostentar derechos políticos en el mismo contexto.
Por otro lado, el Partido Comunista expresó su descontento, criticando que se utilicen «estrategias judiciales» para impedir que sea la ciudadanía quien decida en las urnas sobre la participación de sus candidatos.
En resumen, la exclusión de Daniel Jadue del padrón electoral por parte del Tricel es una medida definitiva. Sin más instancias de apelación disponibles, el exalcalde no podrá competir en las próximas elecciones como diputado, marcando un precedente significativo en el proceso electoral chileno y reafirmando la aplicación de las normativas constitucionales ante acusaciones de este tipo.